ayudas para la adquisición de vivienda habitual en pequeños municipios
Modificado el viernes, 20 diciembre 2024
PLAN | Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. |
ÓRGANO GESTOR | Consejería de educación, ciencia y formación profesional |
PUBLICACIÓN | 14/08/2024 DOE 158. DECRETO 95/2024, de 30 de julio |
ESTADO | Cerrada |
INICIO | 16/08/2024 |
FIN | 16/11/2024 |
OBJETO | Realizar obras de mejora de la eficiencia energética, implantación de energías renovables y sistemas de climatización en edificios e infraestructuras municipales asociados a la actividad educativa reglada de infantil (segundo ciclo) y primaria destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de Extremadura (en adelante entidades locales). |
REQUISITOS | – Las actuaciones en su conjunto deben suponer, al menos, la mejora de una letra en la calificación energética del edificio. |
BENEFICIARIOS | – Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. |
SOLICITUDES Y CONCESIÓN | Solicitud: – Se tramitarán de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico (Enlace). – A través del registro general en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura. – En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura. Procedimiento de concesión: – Concurrencia competitiva. |
CUANTÍAS | – La ayuda mínima será de 30.000 € y la máxima, de 200.000 €. – La cuantía máxima financiará el 80% del coste total elegible del proyecto (entre los que se incluyen los honorarios del arquitecto, que no podrá superar el máximo del 15% de la inversión subvencionable). – Por tanto, cada entidad local beneficiaria deberá aportar, al menos, el importe equivalente al 20% sobre el coste total elefible o sobre el coste final elegible del proyecto subvencionado. En el caso de la mínima inversión posible, deberá aportar 7.500 €. |
PLAZOS | – Solicitud: Tres meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOE (14/08/2024). Se entregará memoria valorada y documentación complementaria. – Proyecto de Ejecución: Tres meses desde la fecha de comunicación de la resolución correspondiente. – Comienzo obras: Seis meses desde la aprovación de dicho proyecto. – Finalización, recepción y puesta en servicio: Antes del 30/06/2027. – Justificación de la subvención: Antes del 30/09/2027. |