Subvenciones para obras de mejora de eficiencia energética en colegios públicos. - Oficina de Asesoramiento

Subvenciones para obras de mejora de eficiencia energética en colegios públicos.

ayudas para la adquisición de vivienda habitual en pequeños municipios

Modificado el viernes, 20 diciembre 2024

PLANPlan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
ÓRGANO GESTORConsejería de educación, ciencia y formación profesional
PUBLICACIÓN14/08/2024 DOE 158. DECRETO 95/2024, de 30 de julio
ESTADOCerrada
INICIO16/08/2024
FIN16/11/2024

RESUMEN

OBJETORealizar obras de mejora de la eficiencia energética, implantación de energías renovables y sistemas de climatización en edificios e infraestructuras municipales asociados a la actividad educativa reglada de infantil (segundo ciclo) y primaria destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de Extremadura (en adelante entidades locales).
REQUISITOS– Las actuaciones en su conjunto deben suponer, al menos, la mejora de una letra en la calificación energética del edificio.
BENEFICIARIOS– Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
SOLICITUDES Y CONCESIÓNSolicitud:
– Se tramitarán de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico (Enlace).
– A través del registro general en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.
– En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura.
Procedimiento de concesión:
– Concurrencia competitiva.
CUANTÍASLa ayuda mínima será de 30.000 € y la máxima, de 200.000 €.
– La cuantía máxima financiará el 80% del coste total elegible del proyecto (entre los que se incluyen los honorarios del arquitecto, que no podrá superar el máximo del 15% de la inversión subvencionable).
– Por tanto, cada entidad local beneficiaria deberá aportar, al menos, el importe equivalente al 20% sobre el coste total elefible o sobre el coste final elegible del proyecto subvencionado. En el caso de la mínima inversión posible, deberá aportar 7.500 €.
PLAZOS– Solicitud: Tres meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOE (14/08/2024). Se entregará memoria valorada y documentación complementaria.
– Proyecto de Ejecución: Tres meses desde la fecha de comunicación de la resolución correspondiente.
– Comienzo obras: Seis meses desde la aprovación de dicho proyecto.
– Finalización, recepción y puesta en servicio: Antes del 30/06/2027.
– Justificación de la subvención: Antes del 30/09/2027.

ENLACES

PORTAL CIUDADANOhttps://www.juntaex.es/w/0701824
DOEhttps://doe.juntaex.es/otrosFormatos/html.php?xml=2024040146&anio=2024&doe=1580o
MODIFICACIÓN 30/08/2024https://doe.juntaex.es/otrosFormatos/html.php?xml=2024040157&anio=2024&doe=1690o