Modificado el lunes, 13 febrero 2023
PROGRAMA | P3. Ayuda adicional para personas con vulnerabilidad económica. |
PLAN | Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia |
ÓRGANO GESTOR | Consejería de movilidad, transporte y vivienda. DG Arquitectura y calidad de la edificación. |
PUBLICACIÓN | 12/05/2022 DOE 90 |
ESTADO | ABIERTA |
INICIO | 11/01/2022 |
FIN | 31/08/2023 |
Descarga el resumen del programa P3.
OBJETO | Ayuda adicional al programa P3, para personas en situación de vulnerabilidad. – Cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica en alguno de los propietarios o usufructuarios de las viviendas incluidas en el edificio objeto de la rehabilitación, la Junta de Extremadura podrá, en expediente aparte y de forma exclusiva para el propietario o usufructuario de la vivienda afectado, conceder una ayuda adicional que podrá alcanzar hasta el 100 % del coste de la actuación imputable a dicho propietario o usuario usufructuario. |
REQUISITOS DEL EDIFICIO | – Los mismos que en el programa P3. Se trata de una ayuda adicional que solo afectará a las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. |
ACTUACIONES | – Las mismas que en el programa P3. |
BENEFICIARIOS | – Se considera que una unidad de convivencia es vulnerable cuando la suma de los ingresos de todos sus miembros ponderados con el coeficiente de la tabla 5.2 sea inferior al número de veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) referido a 14 pagas, que se indica en las tablas 5.3 ![]() * A título informativo el IPREM14 en 2023 es de 8.400 € |
CONCESIÓN | – Por orden de presentación de solicitudes una vez concedida la ayuda del programa P3. – La ayuda por vulnerabilidad se solicitará en expediente aparte y de forma exclusiva para el propietario o usufructuario de la vivienda afectado. |
CUANTÍAS | ![]() * A título informativo el IPREM14 en 2023 es de 8.400 € |
DOCUMENTACIÓN QUE SE SOLICITA | Deberá presentarse el modelo específico de vulnerabilidad junto con la siguiente documentación: – Copia de la última declaración de IRPF de todos los miembros de la unidad de convivencia. En caso de que no existe obligatoriedad de presentar la declaración, se aportará copia del certificado que lo acredite. – Para acreditar el número de miembros de la unidad de convivencia, se presentará copia de alguno de los siguientes documentos: – Libro de familia. – Certificación del registro de uniones o parejas de hecho. – Volante colectivo de empadronamiento. |