Programa de ayuda a la elaboración del Libro del Edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación – Oficina de Asesoramiento

Programa de ayuda a la elaboración del Libro del Edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación

Modificado el miércoles, 20 septiembre 2023

PROGRAMAP5. Programa de ayuda a la elaboración del Libro del Edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación
PLANPlan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
ÓRGANO GESTORConsejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
Antes, Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda. DG Arquitectura y Calidad de la edificación.
PUBLICACIÓN10/01/2022 DOE 5
ESTADOABIERTA
INICIO11/01/2022
FIN31/12/2023

Descarga el resumen del programa P5.

RESUMEN

OBJETORedacción del Libro del Edificio Existente (LEE) y de proyectos de rehabilitación integral de edificios.
REQUISITOS DEL EDIFICIO– Estar finalizados antes del año 2000.
– Que al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles.
ACTUACIONESP5.1. Redacción del Libro del Edificio Existente (LEE).
P5.2. Redacción de proyectos de rehabilitación integral de edificios.
BENEFICIARIOS– Propietarios y usufructuarios.
– Administraciones públicas, organismos y empresas públicas.
– Empresas arrendatarias o concesionarias.
CONCESIÓNPor orden de presentación de solicitudes.
CUANTÍASLEE:
Viviendas unifamiliares y edificios de hasta 20 viviendas: 700 € de base + 60 €/vivienda.
Edificios de más de 20 viviendas: 1.100 € de base + 40 €/vivienda, hasta 3.500€.
NOTA: si el edificio no dispone de ITE o IEE, la ayuda se incrementará en un 50%.
Como ejemplo, para una sola vivienda unifamiliar que no cuente con ITE o IEE, la cuantía de la ayuda será de 1.140 €.

Proyectos:
Viviendas unifamiliares y edificios de hasta 20 viviendas: 4.000 € de base + 700 €/vivienda.
Edificios de más de 20 viviendas: 12.000 € de base + 300 €/vivienda, hasta 30.000€.
COSTES SUBVENCIONABLES– Costes de las actuaciones.
– Costes de gestión.
– Honorarios profesionales (gestión, proyectos, informes técnicos, certificados, tramitación administrativa y similares)
– IVA, cuando no se pueda recuperar o compensar.

NO son subvencionables los costes de tasas, impuestos o tributos.

ENLACES

PORTAL CIUDADANOhttps://www.juntaex.es/w/6053?inheritRedirect=true#tramite_masinfo
DOEhttp://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2022/50o/21064080.pdf
BOE (convocatoria estatal)https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-16233