Modificado el jueves, 3 octubre 2024
PROGRAMA | P5. Programa de ayuda a la elaboración del Libro del Edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación |
PLAN | Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia |
ÓRGANO GESTOR | Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Antes, Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda. DG Arquitectura y Calidad de la edificación. |
PUBLICACIÓN | 10/01/2022 DOE 5 |
ESTADO | CERRADA |
INICIO | 11/01/2022 |
FIN | 07/03/2024 |
Descarga el resumen del programa P5.
OBJETO | Redacción del Libro del Edificio Existente (LEE) y de proyectos de rehabilitación integral de edificios. |
REQUISITOS DEL EDIFICIO | – Estar finalizados antes del año 2000. – Que al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles. |
ACTUACIONES | P5.1. Redacción del Libro del Edificio Existente (LEE). P5.2. Redacción de proyectos de rehabilitación integral de edificios. |
BENEFICIARIOS | – Propietarios y usufructuarios. – Administraciones públicas, organismos y empresas públicas. – Empresas arrendatarias o concesionarias. |
CONCESIÓN | Por orden de presentación de solicitudes. |
CUANTÍAS | LEE: Viviendas unifamiliares y edificios de hasta 20 viviendas: 700 € de base + 60 €/vivienda. Edificios de más de 20 viviendas: 1.100 € de base + 40 €/vivienda, hasta 3.500€. NOTA: si el edificio no dispone de ITE o IEE, la ayuda se incrementará en un 50%. Como ejemplo, para una sola vivienda unifamiliar que no cuente con ITE o IEE, la cuantía de la ayuda será de 1.140 €. Proyectos: Viviendas unifamiliares y edificios de hasta 20 viviendas: 4.000 € de base + 700 €/vivienda. Edificios de más de 20 viviendas: 12.000 € de base + 300 €/vivienda, hasta 30.000€. |
COSTES SUBVENCIONABLES | – Costes de las actuaciones. – Costes de gestión. – Honorarios profesionales (gestión, proyectos, informes técnicos, certificados, tramitación administrativa y similares) – IVA, cuando no se pueda recuperar o compensar. NO son subvencionables los costes de tasas, impuestos o tributos. |
PORTAL CIUDADANO | https://www.juntaex.es/w/6053?inheritRedirect=true#tramite_masinfo |
DOE | http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2022/50o/21064080.pdf |
BOE (convocatoria estatal) | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-16233 |
MODIFICACIÓN DOE 12/05/2022 | https://doe.juntaex.es/otrosFormatos/html.php?xml=2022061265&anio=2022&doe=900o |
MODIFICACIÓN DOE 29/12/2023 | https://doe.juntaex.es/otrosFormatos/html.php?xml=2023064397&anio=2023&doe=2480o |
MODIFICACIÓN DOE 07/03/2024 | https://doe.juntaex.es/otrosFormatos/html.php?xml=2024060870&anio=2024&doe=470o |
MODIFICACIÓN DOE 03/10/2024 | https://doe.juntaex.es/otrosFormatos/html.php?xml=2024062729&anio=2024&doe=1930o |