Creado el miércoles, 8 enero 2025
Se ha publicado en el BOE del 24/12/2024 Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social. En su Artículo 6, Deducción en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, límites en la obligación de declarar, para la aplicación del método de estimación objetiva, e imputación de rentas inmobiliarias, se modifica la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre Patrimonio. Más específicamente, se modifica la Disposición adicional quincuagésima, deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
Las principales modificaciones son la ampliación del plazo en 1 año con respecto a la última modificación, quedando como sigue:
– Caso 1: Deducción del 20% para obras realizadas en vivienda antes de 31/12/2025 que supongan reducción de la demanda de calefacción y refrigeración de, al menos, un 7% y cuyo CEE sea expedido antes del 1 de enero de 2026.
– Caso 2: Deducción del 40% para obras realizadas en vivienda antes de 31/12/2025 que supongan la reducción del consumo de EPNR de, al menos, un 30%, o se mejore la calificación energética para obtener una clase A o B, y cuyo CEE sea expedido antes del 1 de enero de 2026.
– Caso 3: Deducción del 60% para obras realizadas en edificios 31/12/2026 que supongan la reducción del consumo de EPNR de, al menos, un 30%, o se mejore la calificación energética del edificio para obtener una clase A o B, y cuyo CEE sea expedido antes del 1 de enero de 2027.
Dichos cambios son de aplicación a partir del 1 de enero de 2025.
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