Ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables (Línea General – ENTIDADES) - Oficina de Asesoramiento

Ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables (Línea General – ENTIDADES)

Creado el jueves, 9 enero 2025

PLANPlan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025.
ÓRGANO GESTORConsejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
PUBLICACIÓN07/01/2025 DOE 03
ESTADOABIERTA
INICIO08/01/2025
FIN01/07/2025

RESUMEN

OBJETOFacilitar una solución habitacional inmediata a las personas víctimas de violencia de género, víctimas de trata con fines de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables (con discapacidad o enfermedad mental, en proceso de inserción social tras estancia en centros penitenciarios, rehabilitación psicosocial, etc…)
BENEFICIARIOSAdministraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro (municipios >25000 hab, provincias, mancomunidades y entidades del Tercer Sector).
Estas entidades serán las encargadas de:
Asumir el precio del alquiler, así como de los gastos y suministros básicos de las personas indicadas en el objeto de la ayuda.
Poner a disposición de las personas especialmente vulnerables una vivienda de la que sea titular o pueda ser gestionada por la entidad beneficiaria.
CONCESIÓNConcesión directa. Por riguroso orden de entrada de solicitudes.
CUANTÍASSe corresponderá con el importe solicitado con un máximo de 50.000 € por entidad y solicitud (pueden presentarse nueva solicitud al justificar el 100% de la anterior).
La entidad beneficiaria llevará a cabo la actuación subvencionada con arreglo a los siguientes límites:
1º. El 100% del precio de arrendamiento o de cesión de uso de la vivienda, alojamiento o dotación residencial, hasta un máximo de 600 euros al mes.
2º. El 100% de los gastos y suministros básicos, con un máximo de 200 euros al mes.
Las entidades beneficiarias abonarán directamente al arrendador o cedente el precio de la vivienda, alojamiento o dotación residencial, y asumirán directamente el pago de los gastos y suministros básicos.
SOLICITUDA través del Registro Electrónico General de la Sede electrónica.

ENLACES

PORTAL CIUDADANOhttps://www.juntaex.es/w/6002
DOEhttps://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/30o/24040277.pdf

Nota importante: La presente noticia es un extracto de la convocatoria y tiene carácter meramente informativo, por lo que el contenido exacto deberá necesariamente contrastarse con la licitación y/o convocatoria oficial. El COADE no se hace responsable de los posibles errores o imprecisiones que contenga la noticia.