Accesibilidad en viviendas - Oficina de Asesoramiento

Accesibilidad en viviendas

Modificado el jueves, 30 marzo 2023

PROGRAMAPrograma de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas.
PLANPlan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025 en Extremadura.
ÓRGANO GESTORConsejería de movilidad, transporte y vivienda. DG Vivienda.
PUBLICACIÓN14/10/2022 DOE 198
ESTADOCERRADA
INICIO15/10/2022 (actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2022)
FIN30/3/2023 DOE 62

RESUMEN

EDIFICIO OBJETOViviendas unifamiliares, edificios de vivienda o viviendas ubicadas en bloque de viviendas. En el caso de bloques, al menos el 50% debe ser de uso residencial.
ACTUACIONESMejora de la accesibilidad, tanto obras como equipamientos. Como ejemplo, y sin ser exhaustivos, en particular:
– La instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, automatismos para la apertura de puertas incorporando mecanismos motorizados u otros dispositivos de accesibilidad.
– La instalación o dotación de productos de apoyo tales como grúas o artefactos análogos.
– La instalación de elementos de información, de comunicación o de aviso tales como señales luminosas y visuales, vibrotáctiles, o sonoras.
– La instalación de productos de apoyo a la audición para la accesibilidad en el entorno, como los bucles magnéticos.
– La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior.
– La instalación de dispositivos de alarma en el ascensor que garanticen un sistema de comunicación visual, auditiva y bidireccional.
– La instalación domótica y de otros avances tecnológicos para favorecer la autonomía personal de personas mayores o con discapacidad.
– Cualquier intervención que facilite la accesibilidad universal en los espacios del interior de las viviendas.
– Cualquier intervención que mejore el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB-SUA.
BENEFICIARIOSLos solicitantes deben ser propietarios y las viviendas deben ser domicilio habitual y permanente de los propietarios o de arrendatarios. En el caso de edificios de vivienda colectiva, el 30% de las viviendas cumplirán este requisito.
CONCESIÓNPor orden de entrada de solicitudes.
CUANTÍASEl 60% del presupuesto protegido, hasta:
–          Vivienda unifamiliar: 12.500 €
–          Bloque de viviendas: 9.000 €/viv. y 90 €/m² en locales que participen en la actuación.
–          Vivienda dentro de un bloque: 6.0000 €
Mayores de 65 años y personas con discapacidad: 80% de la actuación.
Personas con discapacidad: 15.000 – 18.000€/viv. (según discapacidad).
SUBVENCIÓN ADICIONALEn edificios protegidos o en cascos históricos: 3.000€/viv.

ENLACES

DOEhttp://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2022/1980o/22062940.pdf
JUNTA DE EXTREMADURAhttps://www.juntaex.es/w/0623522#tramite_gestor