Creado el jueves, 13 junio 2024
Ante las diversas consultas recibidas en relación con la tributación de las ayudas a la rehabilitación procedentes de fondos «Next Generation», conviene aclarar lo siguiente:
La AEAT recopila los datos que recibe de terceros (en este caso de las comunidades autónomas) y los incluye en los borradores o datos fiscales, pero esto no significa que los impute en su declaración. Es el contribuyente el que debe saber si tiene o no que incorporarlos en su declaración de la renta.
Las subvenciones públicas que detallamos a continuación, concedidas en el marco de Fondos «Next Generation» para la mejora de eficiencia, NO TRIBUTAN. Es decir, aunque aparezcan en el borrador de declaración del IRPF o en los datos fiscales, el contribuyente no deberá imputar dichos importes en su declaración.
Los programas de ayudas exentos de tributar son los siguientes:
Por tanto, en base a ello, las ayudas del programa RR345, que a su vez fueron convocadas a nivel nacional por el RD 853/2021, no computan como ingreso en el IRPF o, dicho de otro modo, las cuantías de las ayudas NO se integrarán en la base imponible del Impuesto de la Renta.
Todo ello en aplicación del punto 4 del art. 1 de la Ley 10/2022, de 14 de junio, que dice lo siguiente:
«4. No se integrarán en la base imponible de este Impuesto (de la Renta) las ayudas concedidas en virtud (…) de los distintos programas establecidos en (se separan en párrafos para facilitar su lectura)
- el Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas;
- el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla;
- y el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia;
- y el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas términos de energías renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilicencia.»
En la misma línea, en la información que la misma Agencia Tributaria ofrece en su web se dice que, entre las Rentas no sometidas al impuesto están:
3.1.3. Otras rentas no sometidas al impuesto
……
Las concedidas en virtud de los distintos programas establecidos en el Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas; el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla; y el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Para más información consultar la Guía sobre desgravaciones fiscales para rehabilitación de viviendas y edificios residenciales, elaborado por el CSCAE junto al Consejo General de Economistas o la información que la misma Agencia Tributaria ofrece en su web.
Hay que tener en cuenta que para el resto de ayudas y subvenciones (nacionales, autonómicas e incluso municipales) habrá que preguntar expresamente a la Agencia Tributaria sobre si tributan o no a Hacienda.